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En manos de la Corte Constitucional quedó la elección de Carlos Rodríguez como contralor

La Corte Constitucional seleccionó la tutela con la que el exfuncionario busca el reintegro al cargo.

La Corte Constitucional escogió para su estudio la tutela con la que Carlos Hernán Rodríguez busca reintegrarse al cargo como contralor general de la República bajo el argumento de que hubo una violación a sus derechos fundamentales y el debido proceso al ser destituido por la sección quinta del Consejo de Estado, corporación que, además, estudió varias recusaciones y una tutela, pero fueron negadas. En la audiencia de selección que hace la Corte Constitucional en la última sala del mes, el alto tribunal determinó que esta tutela de Carlos Hernán Rodríguez es de interés, por lo que nuevamente el contralor saliente tiene otra oportunidad para que se revise su caso.

La magistrada ponente de esta tutela será Cristina Pardo, y ahora el alto tribunal tendrá 10 días hábiles para resolver si al excontralor se le vulneraron o no sus derechos.

Recordemos que, dentro de los argumentos de la tutela, se dice que los razonamientos del Consejo de Estado fueron equívocos y requieren una intervención urgente de otro juez.

Según el documento dentro de los derechos presuntamente vulnerados está el acceso a la administración de justicia y a pesar de que el Consejo de Estado rechazó la recusación del abogado en contra de la magistrada Roció Araujo, insiste que la magistrada se encontraba impedida para conocer del caso y aun así participó en la decisión, afectando la conformación la decisión.

Según el contralor, la Sección Quinta no valoró que: “las irregularidades advertidas solo podían conducir a la nulidad de la elección si se trataba de vicios trascendentes o relevantes”. Y que de haberlo hecho habría concluido que ninguna de las supuestas anomalías encontradas era sustancial o tuvo incidencia directa en la elección, en tanto no fueron de tal magnitud como para haber variado el resultado final, ni afectaron los derechos de los candidatos, de los congresistas en su calidad de electores, ni de la comunidad en general.

Finalmente, según Carlos Rodríguez, la Sala desconoció que “todos los días de la semana son hábiles para las reuniones de las cámaras del Congreso, durante el periodo de sesiones”. Dice la tutela que solo contaron días hábiles y el Congreso tiene régimen de días calendario y no hábiles, cuando sesiona.

Ahora, también le pidió al Consejo de Estado una medida cautelar de urgencia para que el contralor siga en su cargo mientras se toma la decisión de fondo.

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