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Entre los principales puntos que concentra la reforma están la creación de servicios sociales complementarios para que los colombianos de más escasos recursos puedan acceder a servicios de salud en sus zonas de residencia.
El Ministerio de Salud dio a conocer que se estima que el próximo martes 25 de abril comience el debate de la reforma a la salud en la Cámara de Representantes, esto teniendo en cuenta que con las modificaciones el texto actualmente tiene 139 artículos, de los cuales 40 son nuevos.
“Tras una amplia y participativa discusión, se construyó la enmienda en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, consolidando un texto que se centra en resolver las barreras que padecen millones de pacientes. Plantea medidas que van desde la atención rápida a pacientes con enfermedades crónicas, hasta mecanismos para el control de precios de los medicamentos”, informó el Ministerio.
Entre los principales puntos que concentra la reforma están la creación de servicios sociales complementarios para que los colombianos de más escasos recursos puedan acceder a servicios de salud en sus zonas de residencia.
“El transporte, hospedaje, acompañantes y cuidados crónicos de enfermería en casa. El Gobierno Nacional determinará la forma en que se asumen los servicios sociales, su fuente para financiarlos y su cobertura poblacional y geográfica”, expresa el documento, según el Ministerio.
La reforma también plantea crear una nueva política farmacéutica para lograr generar un mayor acceso a los medicamentos y con precios justos, esta política se formularía cada cuatro años y también establecería la compra conjunta de medicamentos esenciales.
“El ministerio de Salud dará prelación en los procesos de adquisición de vacunas a las entidades públicas que decidan fabricarlas, para incentivar la producción nacional de estos biológicos. En un nuevo artículo, incluido en la enmienda, se eliminan trámites innecesarios ante el Invima, en casos de licencias y permisos sanitarios, a fin de agilizar su expedición, renovación o modificación”, informó el Ministerio.
El articulado también buscará crear becas para posgrados en especialidades médico-quirúrgicas y entregarle mayores atribuciones a la Superintendencia Nacional de Salud.
“Esta superintendencia también tendrá facultades de juez de insolvencia y podrá adelantar los procesos de liquidación judicial de las empresas que vigila. Así mismo, le otorga la facultad de intervenir en casos en los que socios y accionistas de las empresas de salud incurran en actos defraudatorios y de velar para que respondan solidariamente”, informó la Cartera.
Según el Ministerio, este texto ha tenido una amplia discusión entre diversos sectores de la sociedad civil, partidos políticos, gremios del sector, trabajadores y la academia.
“Se obtuvieron acuerdos para incorporar propuestas presentadas por los partidos, Conservador, de la U, Liberal, Comunes, Partido Verde y Pacto Histórico, así como de los integrantes de las curules de paz. Buena parte de estas iniciativas fueron incluidas en la enmienda”, informó el Ministerio.
La ponencia inicial tenía 156 artículos, 60 fueron modificados, aproximadamente un 40% del proyecto original.
EPS: ¿CUÁLES SERÁN SUS FUNCIONES?
Según el texto final, la función específica de las Gestoras de Salud será contribuir a la gestión integral del riesgo en el territorio de salud que les asignen, para lo cual deben cumplir con las siguientes funciones:
- Coordinar con direcciones Departamentales y Distritales el apoyo requerido por el Ministerio de Salud y Protección Social en la organización de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud para los Territorios de Salud.
2.Contribuir a la planificación estratégica del desarrollo de la Red Integral e Integrada de Servicios de Salud, bajo la coordinación de las Entidad Territorial y el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Implementar mecanismos efectivos de Coordinación Asistencial al interior de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud, que contribuyan a la continuidad
de la atención de las personas.
4.Ejecutar, bajo la dirección de las Entidades Territoriales y la ADRES, las actividades de
monitoreo y evaluación del desempeño de la red en el componente complementario.
- Implementar salas situacionales que permitan el análisis de información, a través de tableros de gestión para la toma de decisiones, el reporte de alertas y entrega de
insumos para el ejercicio de las funciones de Inspección, Vigilancia y Control de la
Superintendencia Nacional de Salud y de las Entidades Territoriales.
- Entregar informes periódicos del funcionamiento del componente complementario
de las redes y atender las instrucciones y recomendaciones que le entregue la instancia de gobernanza de la Red.
- Participar en el Consejo Asesor de Planeación y Evaluación de las Redes Integrales e Integradas de Servicios en Salud.
- Al uso eficiente, racional y óptimo de los recursos financieros disponibles en el componente complementario de la Red Integral e Integrada de Servicios de Salud.
- Gestionar planes de capacitación para fortalecer el funcionamiento del componente complementario de la Red Integral e Integrada de Servicios de Salud bajo la estrategia de Atención Primaria en Salud.
- Prestar asistencia técnica a los integrantes de la red para el mejoramiento continuo, la implementación de modelos innovadores de servicios de salud y el fortalecimiento de la calidad en la atención en salud.
- Gestionar en articulación con los CAPS, el acceso al componente complementario
de las RIISS a través del sistema de referencia y contrarreferencia y con apoyo
del Sistema Público Unificado de Información en Salud.
- Gestionar en articulación con las Direcciones Territoriales de Salud, sus Centros
Reguladores de Urgencias y Emergencias y los Centros de Atención Primaria en Salud
CAPS, la prestación de servicios especializados para personas con enfermedades
raras y su prevención según lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social.
- Garantizar el acceso oportuno y expedito a los servicios de salud y a los servicios farmacéuticos a las personas que los requieran de tal forma que su prestación no afecte la oportunidad, pertinencia, seguridad y eficiencia.
- Implementar herramientas tecnológicas para interoperar con los sistemas de
información de las RIISS y con el Sistema Único Público de Información en Salud, en la
forma y condiciones que determine el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Realizar la auditoría de calidad, de cuentas médicas y concurrente de las prestaciones de servicios de salud del componente complementario de las RIISS.
- Validar la facturación del componente complementario de las RIISS, la cual será remitida a la ADRES para los pagos a que haya lugar.
- Implementar un Sistema de Información y Atención a la Población a través del cual interactúen con las personas, asociaciones de usuarios o pacientes y demás
organizaciones de la sociedad civil, con el fin de conocer sus inquietudes, peticiones,
sugerencias, quejas y denuncias, para poder dar soluciones efectivas a las no
conformidades manifestadas.
18.Realizar rendición de cuentas de sus actividades con la periodicidad, mecanismos y
sobre los temas que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Realizar la gestión para el pago de las prestaciones económicas.
Cabe destacar que, según el documento, se reconocerá a las Entidades Gestoras de Salud y Vida, hasta 5% del valor del per cápita de la población adscrita a los Centros de Atención Primaria (CAPS) a los cuales la Gestora garantiza la atención en la mediana y alta complejidad.