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ENVIDEO: Río de Bonda convertido en un lavadero de motos
En la vereda Paso del Mango es cada vez más frecuente que viajeros utilicen el balneario para lavar las motocicletas después de varias horas de recorrido. Esta práctica no es nueva, aunque en el pasado se daba por temporadas; lo que resulta novedoso es que sin importar el caudal, hoy los conductores ingresan al afluente que baja de la Sierra Nevada, provocando el derrame de líquidos contaminantes como gasolina y aceite.
El edil de la Localidad Uno, Edgardo Vizcaíno, denunció la peligrosidad de esta consuetudinaria infracción ecológica, que se realiza sin ningún control. El político conminó a las autoridades ambientales del Distrito (Dadsa) y del Magdalena (Corpamag), a la Policía Metropolitana, así como a la Secretaría de Movilidad, para que apliquen las sanciones que vengan al caso o realicen las campañas necesarias para frenar este daño.
“Han sido varios los llamados que me han realizados algunos habitantes del bello corregimiento de Bonda, preocupados y otros molestos, porque algunas personas han mal utilizado el río de Paso del Mango, ingresando al mismo motocicletas para lavarlas. Este hecho, no ha sido bien visto por los habitantes y turistas que llegan a disfrutar de las bondades que nos brinda este paraíso natural”, dijo Vizcaíno.
Del mismo modo estima que la situación viene siendo documentada por el presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda, Julio Garzón, quien le ha llamado la atención a las personas que entran las motos al río, pero poco o nada es lo que logra, porque siguen irrumpiendo en la tranquilidad de las especies de fauna anfibia.
“Hoy el llamado es a generar sentido de pertenencia, cuidar nuestros ríos y concientizarnos de que, así como realizamos este tipo de actos, también atentamos contra nuestro ecosistema y paraíso ecológico. Y a los turistas y visitantes que hacen uso de los ríos, que si van a ensuciar, limpien y se lleven los envases de gaseosas, empaques, latas”, aseveró el edil.
Las sanciones para este tipo de delitos están consignadas en la Ley 1333 de 2009, que motivan el Capítulo noveno de Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, que en el artículo 100 enumera los comportamientos contrarios a la preservación del agua.
“Utilizarla en actividades diferentes a la respectiva autorización ambiental, arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua, deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma; captar agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental, Lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas…” determina la norma.
El articulado de la norma establece para este tipo de actos sanciones de hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580), por las repercusiones ambientales que representa.