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Prohíben la circulación de vehículos con 24 pasajeros

La medida aplica para las zonas turísticas de El Rodadero, Centro Histórico, corredor turístico del aeropuerto, Minca y Taganga. 

Mediante el Decreto 363 de diciembre de 2022, la Alcaldía de Santa Marta prorroga la restricción de circulación, tránsito, ascenso o descenso de pasajeros y estacionamiento en vía pública de vehículos con capacidad superior a 24 pasajeros, esto debido a que parte de estos visitantes provienen de municipios y ciudades cercanas, desplazándose en buses intermunicipales, cuyos conductores hacen caso omiso a las disposiciones legales y en consecuencia, utilizan las vías púbicas como parqueadero y zona de embarque y desembarque de pasajeros.

Por lo que la medida queda establecida de la siguiente manera: Zona Turística El Rodadero: No se permitirá el ingreso o parqueo de vehículos con capacidad superior a 24 pasajeros y se restringe la circulación como vía de acceso a la zona de El Rodadero por la carrera 4, vía Ziruma.

Zona Centro Histórico: prohibido el ingreso o parqueo de vehículos con capacidad superior a 24 pasajeros entre la Carrera Primera hasta la Avenida del Ferrocarril, desde la calle 10 hasta la calle 22 y sobre la carrera 4 desde la calle 29 hasta la calle 22.

Zona turística Taganga: se restringe la circulación, el ingreso y parqueo   de vehículos con capacidad superior a 24 pasajeros.

“En estas zonas turísticas la operación de buses y de operadores turísticos va a continuar con normalidad. Los buses con capacidad de 24 personas continúan ingresando a la ciudad y se instalan alrededor de la glorieta sur y alrededor del corredor turístico en lugares privados donde pueden hacer el embarque y desembarque. Está prohibido el ingreso de buses desde la glorieta hacia el sector de El Rodadero, obviamente para preservar la movilidad de la zona y sobre todo la circulación del Ziruma que en dimensiones de mayor a 24 pasajeros se pone en riesgo la vida de los usuarios”, manifestó Víctor Medina, secretario de Movilidad.

Asimismo, el sector del Centro Histórico y Taganga, siguen contemplados en esta medida. “El decreto establece dos zonas nuevas que ha sido petición de sector turístico de la comunidad y residentes, por el desorden de algunos vehículos que vienen de otros municipios y que se caracterizan por un paseo de olla”, agregó.

Por lo cual, este nuevo decreto establece las zonas de restricción en corredor turístico del Aeropuerto: No se permitirá el ingreso o parqueo de vehículos con capacidad superior a 24 pasajeros en los sectores denominados:

Cabo Tortuga, Bello Horizonte, Pozos Colorados, Playa Aeropuerto, Zuana y Playa Dormida.

Zona turística Minca: prohibido el ingreso y parqueo de vehículos con capacidad superior a 14 pasajeros, de igual manera es preciso mencionar que el número de estos será establecido con relación a la capacidad definida en la licencia de tránsito o tarjeta de operación según sea el caso.

La Alcaldía Distrital le recuerda a la ciudadanía que el no acatamiento de estas disposiciones será sancionado con multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes, conforme a lo establecido en el artículo 131, literal C inciso 14 de la Ley 769 de 2002, modificado por el art. 21 de la Ley 1383 de 2010.

“Le recordamos a todos los operadores turísticos, a todos los medios de transporte especial y a las empresas que quieren ingresar a la ciudad y que lo hacen con preparación y que están formalizadas que podrán expedir permisos de circulación para estas zonas en específico y que la Secretaría de Movilidad dentro de sus facultades examinará técnicamente las circunstancias y podrá hacer el otorgamiento”, puntualizó Medina.

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