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El fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que ordenó a los candidatos presidenciales Rodolfo Hernández y Gustavo Petro, asistir a un debate antes de los comicios del próximo domingo 19 de junio, sigue levantando polémica en Colombia; expertos juristas expresaron que es inconstitucional.
El presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, aseguró que el fallo desconoce los principios rectores de la acción de tutela, que están basados específicamente en garantizar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos colombianos, por lo que indicó que no entiende qué derechos se estarían vulnerando.
Cabe recordar que, el pronunciamiento del Tribunal se dio como respuesta de un recurso que interpusieron varios ciudadanos con el objetivo de que el candidato de la Liga Anticorrupción asistiera a los debates presidenciales en los que se ha negado a participar.
Bernate, además explicó que el fallo es improcedente porque se dio luego que el pasado domingo 12 de junio a las 3:00 PM hora colombiana, hubiesen iniciado las elecciones en el exterior.
«Hay que señalar qué la acción de tutela protege a los ciudadanos en sus derechos fundamentales frente actuaciones u omisiones de las autoridades públicas o de particulares, respecto de los cuales están indefensos pero en este caso pues no se entiende cuál es el derecho fundamental que está amenazado porque dos candidatos no hagan un debate presidencial», dijo.
También señaló que a los candidatos no se les aclaró donde se debe hacer el debate presidencial que se ordena en el fallo.
«Adicionalmente se le da la orden a los candidatos pero no se les dice dónde se debe hacer y lo peor de todo es que se indica que el debate debe hacerse antes de las elecciones, sin tener en cuenta que las elecciones ya están en curso que desde el pasado domingo nuestros compatriotas ya están votando», afirmó.
El presidente del Colegio de Abogados Penalistas también señaló que el fallo es incongruente con lo que establece la constitución sobre la tutela.
«Es un fallo que desconoce la acción de tutela y que tiene unas flagrantes contradicciones (…), que además no se va a poder cumplir porque de aquí al domingo es imposible que se logre montar un debate y una vez se hayan realizado las elecciones ya se habrá superado el tema», señaló.
Fuente: Sistema Integrado de Información