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¡Procuraduría ordena archivo definitivo de investigaciones contra exprocuradora Muelle

La Procuraduría General de la Nación a través de su  Delegada para la fuerza pública y la Policía judicial resolvió en auto de archivo definitivo de las investigaciones que cursaban en contra de la doctora Ana María Muelle Molinares, quien se desempeñó como Procuradora Regional del Magdalena hasta el 15 de Agosto de 2018. 

La exprocuradora había sido acusada de manera temeraria por parte de un grupo de ocho concejales de la ciudad ante el Procurador General de la Nación de haber incurrido en presuntas actuaciones irregulares, aduciendo que se hallaba inmersa en “confluencia de intereses capaces de afectar la imparcialidad e independencia que deben guiar las actuaciones de quien ejerce el control disciplinario en el Distrito de Santa Marta y el Departamento del Magdalena”. Tal apreciación no solo fue desvirtuada procesalmente, sino que quedó demostrada la manera transparente y honesta que tuvo la funcionaria en cada una de las actuaciones en las que participó tomando decisiones en nombre del Ministerio Público.

La exprocuradora Muelle Molinares también fue denunciada por Chadán Francisco Rosado Taylor en su condición de personero Distrital de Santa Marta en relación con supuestas irregularidades en las actuaciones disciplinarias por hechos relacionados con la E.S.E. Alejandro Próspero Reverend. Ambos procesos fueron unificados bajo un mismo expediente incorporándolos a la actuación radicada bajo el IUS E-2018-389395.

De acuerdo con las quejas allegadas a la actuación, las posibles irregularidades de la doctora Ana María Muelle Molinares se concretaban en tres puntos:

  1. Posible utilización de autoridad como mecanismo de presión. 

Según lo expuesto por la queja suscrita por los concejales del Distrito, en varias ocasiones la Procuradora Regional utilizó su autoridad como mecanismo de presión contra sectores de la Corporación diferentes a la afiliación política de su esposo el concejal Iván Darío Saravia, comisionando funcionarios para efectuar visitas en varias oportunidades, mencionando específicamente los días 29 de enero, 6 de abril, 10 de abril, 16 de mayo, 18 y 19 de julio de 2018.

Sobre el particular, luego de la recepción de testimonios, ampliación de declaraciones, visitas de inspección y análisis de documentación, la Procuraduría Delegada llegó a las siguientes conclusiones:

  1. i) La molestia de los concejales del Distrito de Santa Marta obedeció a que la doctora Ana María Muelle Molinares en su entonces condición de Procuradora Regional de Magdalena, era la esposa del concejal Iván Saravia con quien no compartían intereses políticos y se sentían presionados por el inicio de actuaciones disciplinarias en contra de algunos concejales porque presumían que no habría imparcialidad. No obstante, los concejales Darío José Linero Mejía, Carlos Mario Mejía Castaño, Pedro Gómez Añez, Jorge Yesid Ospino Herrera, Daniel Sánchez Marmolejo, Efraín David Lozano Dueñas, Carlos Alberto Pinedo Cuello, Jaime, Alberto Linero Ladino y juan Carlos Palacios Salas, coincidieron en afirmar que no les constaba la injerencia indebida de la exprocuradora Ana María Muelle Molinares o alguno de sus funcionarios, en los temas propios de la administración o en las actuaciones disciplinarias seguidas en contra de algunos concejales.
  2. ii) El doctor Jairo Alfredo Tamaris Contreras desmintió que hubiera sido objeto de amenazas o chantajes por parte de la doctora Ana María Muelle Molinares y/o cualquier funcionario de la Procuraduría Regional Magdalena, contrario a lo expuesto en la queja.

Por lo tanto, la Procuraduría Delegada determinó que de los testimonios recibidos no existió prueba que permitiera inferir que la doctora Ana María Muelle Molinares hubiera utilizado su cargo como Procuradora Regional de Magdalena, como mecanismo de presión contra sectores del Concejo Distrital de Santa Marta.

  1. Posibles irregularidades porque al parecer no se declaró impedida en las actuaciones contra concejales del Distrito. 

Según el escrito de los concejales y las diligencias testimoniales rendidas por ellos, la entonces Procuradora Regional habría iniciado investigaciones en contra de los concejales Juan Carlos Palacios, Daniel Sánchez Marmolejo, Yesid Ospino y Carlos Alberto Pinedo porque no compartían intereses políticos con su esposo y debido a la confluencia de intereses.

No obstante, mediante Acta de visita especial practicada a las instalaciones de la Procuraduría Regional Magdalena, el 17 de agosto de 2018 se recibieron los documentos que evidenciaron frente a cada caso, la actuación surtida por la ex procuradora, las cuales estuvieron apegadas a la ley y donde se observó que tuvo una actuación leal conforme al ordenamiento jurídico. De lo anterior se colige,  según lo expuesto por la Procuraduría Delegada que, contrario a lo afirmado en la queja, la doctora Ana María Muelle Molinares, en las actuaciones disciplinarias donde podían ser responsables de los hechos miembros del Concejo Distrital, se declaró impedida, dando a conocer las circunstancias que a su juicio podían constituir el impedimento, enviando las diligencias a la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial para que resolviera el caso.

  1. De las posibles irregularidades en las actuaciones disciplinarias por los hechos de la E.S.E. Alejandro Próspero Reverend. 

En desarrollo de la actuación disciplinaria, el despacho escuchó en declaración al señor Chadan Francisco Rosado Taylor, el 16 de agosto de 2018 en su condición de Personero de Santa Marta, en las instalaciones de la Procuraduría Regional de Magdalena, donde aseguró que remitió correo electrónico con soportes de la denuncia al Despacho del Procurador General de la Nación radicado bajo el No. E-2018- 388993, denunciando que se sentía secuestrado o perseguido o intimidado en el ejercicio de sus funciones por parte de la ex Procuradora Regional Ana María Muelle Molinares.

No obstante, del análisis de los actos obrantes en el cuaderno que conformó la actuación disciplinaria por los hechos relacionados con la ESE Alejandro Próspero Reverend, concluyó la Procuraduría Delegada que la intervención de la Procuradora Regional Magdalena se produjo con el auto del 17 de abril de 2018, cuando aceptó la recusación que presentó el señor Omar Suarez Prasca contra el Personero Distrital Chadan Rosario Taylor. Por tanto, la decisión independientemente del resultado, fue consecuencia de un deber funcional derivado de una competencia que le era propia y no un acto oficioso de intervención.

En conclusión, revisados cada uno de los puntos que conformaron las acusaciones en contra de la ex procuradora, con las probanzas que fueron practicadas e incorporadas al sumario en debida forma, el despacho determinó que no contaba con los elementos suficientes para determinar que la doctora Ana María Muelle Molinares hubiera incurrido en manera alguna en las faltas que se le endilgaban y que fueron la motivación para adelantar la actuación disciplinaria por parte de la Delegada, por lo tanto, dispuso el archivo definitivo de las diligencias, de conformidad con el artículo 73 de la Ley 734 de 2002 que dispone:  “En cualquier etapa de la actuación disciplinaria en que aparezca plenamente demostrado que el hecho atribuido no existió, que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria, que el investigado no la cometió, que existe una causal de exclusión de responsabilidad, o que la actuación no podía iniciarse o proseguirse, el funcionario del conocimiento, mediante decisión motivada, así lo declarará y ordenará el archivo definitivo de las diligencias”.

En mérito de lo expuesto, la Procuraduría Delegada para la Fuerza Pública y Policía Judicial, resolvió ordenar la terminación de la actuación y en consecuencia el archivo definitivo de la indagación preliminar adelantada en contra de Ana María Muelle Molinares.

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