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Indicó la autoridad ambiental que, se debe capacitar al personal encargado de la gestión del material en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos representan al ambiente.
De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 0316 de 2018 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag, llamó la atención a varios generadores industriales, comerciales y de servicios de aceites de cocina, usados ubicados en Santa Marta a cumplir con la normativa.
La corporación hizo un recorrido por varios sectores de la ciudad, en los que conminó a los generadores ubicados en el área rural del distrito de Santa Marta, a cumplir con las obligaciones definidas en el artículo 9 del citado acto administrativo.
Corpamag hizo un llamado a los generadores de aceite de cocina utilizado, para que además de cumplir con las normas ambientales aplicables, realice un correcto manejo y disposición de este residuo líquido, evitando así la contaminación de los recursos naturales en el departamento del Magdalena.
En este sentido, la Corporación ha realizado visitas de inspección y de socialización de esta Resolución en los sectores de Buritaca, Bonda y Minca, además de instruir a los generadores sobre el diligenciamiento correcto del formato de inscripción y obligaciones a las que están sujetos.
Entre las recomendaciones que por ley se deben cumplir están: “Inscribirse ante la autoridad ambiental competente; entregar el aceite de cocina utilizado a los gestores inscritos ante la autoridad ambiental competente”.
Además, se debe “capacitar al personal encargado de la gestión del ACU en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos representan al ambiente; reportar anualmente ante la autoridad ambiental competente, dentro de los primeros 15 días del mes de enero de cada año, información sobre los kilogramos totales de ACU generados durante el periodo correspondiente y copia de las constancias expedidas por el gestor de ACU”.
Finalmente, el incumplimiento a las obligaciones establecidas en la normatividad ambiental podría incurrir en la imposición de medidas establecidas en la Ley 1333 de 2009.