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Una gran polémica suscitó en el país la cancelación de la eutanasia, 36 horas antes, de Martha Sepúlveda, quien sería la primera persona en Colombia en acceder a este derecho sin estar en una etapa terminal.
Más allá de la conveniencia o no del procedimiento, se planteó un debate sobre los efectos jurídicos que tienen los comunicados de prensa que dan a conocer los fallos de la Corte Constitucional.
Lo anterior, luego de que el Ministerio de Salud aseguró que no había recibido notificación para permitir la eutanasia a pacientes no terminales pero con dolores intensos, dado que no tenía el pleno del texto proferido por el alto Tribunal.
Al respecto, el abogado Fabio Humar Jaramillo, aseguró que la práctica de la Corte Constitucional de emitir sentencias a través de comunicados de prensa es inconveniente. “Lo hemos dicho los abogados muchas veces, porque además duran meses entre el comunicado de prensa y la sentencia en firme y ese es un tiempo muy valioso en el que pueden pasar muchas cosas”.
Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, interpuso un derecho de petición a la Corte Constitucional, en el que pide a la jurisprudencia que explique los efectos jurídicos de los comunicados de prensa sobre las sentencias en ejercicio del control de constitucionalidad abstracto.
En conversación con Colprensa, Burbano explicó que cuando la Corte Constitucional profiere una sentencia, ya sea de tutela o constitucionalidad, se da a conocer a los ciudadanos a través de un comunicado de prensa, que contiene la parte resolutiva, o sea, lo que resolvió la sentencia, algunas consideraciones y los salvamentos de voto de algunos magistrados si los hubo.
“El problema radica, especialmente en los asuntos de control de constitucionalidad, como cuando se demandan leyes, si la decisión se aplica desde el comunicado de prensa o cuando se tenga la sentencia definitiva; por ejemplo en el caso de eutanasia de doña Martha Sepúlveda, la pregunta es ¿se debe aplicar la sentencia sin conocer el texto?”, cuestionó Burbano.
Además, el abogado se plantea la pregunta: “¿eso da seguridad jurídica o hay que esperar a la sentencia y entre tanto qué se hace? sobre todo cuando la Corte se está demorando varios meses en publicar la sentencia”.
Por lo anterior, con el derecho de petición se pretende que se aclare por parte de la Corte Constitucional qué se debe hacer en estos casos.