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Gobernador debe retractarse por falsos señalamientos a la familia Dávila Abondano
Una decisión de amparo (tutela) de segunda instancia originaria del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta le ordenó al gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, retractarse sobre los señalamientos que hizo contra la familia Dávila Abondano, de la que dijo hacía parte del que denomina ´cartel de la salud´.
El fallo tiene su origen en una acción de tutela impetrada por el empresario Juan Carlos Dávila Abondano en su condición de representante del grupo empresarial Daabon, quien demandó de un juez constitucional el amparo por la vulneración al buen nombre y la honra debido a que el mandatario los señaló de pertenecer a un “cartel de la salud”.
Esa vez, el gobernador Carlos Caicedo dijo: “En los hospitales del departamento, empezando por el Julio Méndez Barreneche, han sido unos hospitales saqueados por el cartel de salud, constituido por tres congresistas que pertenecen al clan Cotes, Díazgranados y Dávila Abondano. Son uribistas que se robaron la salud del Magdalena”.
´Esa expresión fue considerada como injuriosa, calumniosa, apartada de la realidad, hecha de manera insidiosa y formulando cargos y señalamientos que rayan además con las normas penales, razón por la cual lo primero que estamos pidiendo es el amparo constitucional porque las demás conductas atípicas consignadas en las afirmaciones irresponsables del gobernador están siendo estudiadas desde la órbita de lo penal y en su debido momento se tomará una decisión´, fue lo que dijeron los abogados del empresario Juan Carlos Dávila Abondano.
EN ALZADA
Tras llegar en alzada y en atención al fallo de primera instancia impugnado, la jueza María Isabel Cifuentes mandataria del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta decidió corregir lo que hizo el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Santa Marta y en consecuencia revocó su fallo y dispuso tutelar los derechos fundamentales solicitados por Dávila Abonando, como fueron derecho al buen nombre, honra y dignidad humana, que le fueron vulnerados por el gobernador del Magdalena Carlos Caicedo.
De igual manera, la jueza de conocimiento de segunda instancia del amparo constitucional dispuso que ´dentro del término de 48 horas, contados a partir de la notificación de esta providencia, se le ordena (al gobernador Caicedo) se retracte de las afirmaciones expuestas en la entrevista referenciada, emitiendo declaraciones públicas en la misma forma, condiciones y medios que lanzó las expresiones objeto de la presente acción de tutela” sentencia el fallo.
ASÍ INICIÓ
Recordemos que esta confrontación jurídica se inició a mediados del mes de mayo entre el gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo Omar y el empresario Juan Carlos Dávila Abondano, cabeza visible de la organización empresarial Daabón, tras las declaraciones públicas expresadas por el mandatario departamental de fecha 19 de mayo de 2021. Dichas manifestaciones fueron consideradas por parte del empresario Dávila Abondano como una información calumniosa, falsa y errónea, que además atentaba contra sus derechos al buen nombre, honra, presunción de inocencia y rectificación en equidad; mencionando que desde el 30 de junio se radicó en la plataforma de peticiones de la Gobernación del Magdalena una solicitud de rectificación de este tipo y hasta el momento no ha sido ni respondida, ni tampoco se ha realizado el proceso de rectificación de la información que tuvo como origen en el propio gobernador del departamento.
Tras impetrarse la tutela se tuvo que con fecha 28 de agosto de este año, un juez de primera instancia resolvió negar las pretensiones de Juan Carlos Dávila Abondano llamando a la retractación al gobernador Carlos Caicedo. Sin embargo el juez opinó en su fallo que “en las palabras del gobernador no se expresa que Juan Carlos Dávila Abondano haga parte del ‘cartel de la salud’. Tampoco se infiere que al decir los apellidos Dávila Abondano, el accionado se haya referido al actor”.
Esa decisión fue apelada y la alzada acaba de conocerse con una decisión en la que finalmente se conmina al mandatario para que en un plazo de 48 horas máximo se retracte.
La decisión de segunda instancia podría llegar eventualmente a la Corte Constitucional para su revisión final siempre y cuando ese tribunal considere que deba hacerlo.
En consecuencia tras luego de caerse el fallo del Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Santa Marta, y en su lugar el juez superior ordenó tutelar los derechos fundamentales de Juan Carlos Dávila Abondano al buen nombre, honra y dignidad humana, ratificando “que fueron vulnerados por el señor gobernador del Magdalena en declaraciones públicas, no tendrá otra opción el mandatario que atender lo desatado por la justicia.