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Al menos tres casos de creación documental fraudulenta habría encontrado la Corte Suprema, en donde la Administración de Mauricio Aguilar Hurtado habría tratado de obstruir a la Justicia para favorecer al hermano del mandatario seccional, el exsenador y exgobernador de Santander Richard Aguilar Villa.
Así se puede inferir a partir del auto AEI-00165-2021, en el que se resolvió la situación de Aguilar Villa y se ratificó su medida de aseguramiento.
De acuerdo con lo hallado por el Alto Tribunal, la Administración de Mauricio Aguilar habría escondido documentos y creado nuevos, con alteraciones, lo que constituye manipulación de pruebas a favor de su hermano.
Cabe recordar que a Aguilar Hurtado la Procuraduría General de la Nación le abrió una investigación por presuntamente manipular material probatorio en el proceso que se adelanta en la Corte en contra de Richard Aguilar, quien se encuentra privado de la libertad por presuntos actos de corrupción.
La decisión de la Procuraduría responde a una indagación preliminar en donde se alertó que presuntamente habrían desaparecido documentos de la Gobernación de Santander, que podrían servir en la investigación que ahora está en manos de la Fiscalía Delegada ante la Corte, tras la renuncia del exsenador a su curul.
Lo que estableció la Corte
En el auto de la Sala de Instrucción, la Corte explicó que, entre los hechos indicadores del riesgo que suponía mantener a Aguilar Villa en libertad, obstruyendo la investigación, está “la comprobada pérdida en manos de funcionarios de la administración de su hermano gobernador, según certificación de la Oficina Jurídica del 24 de junio de 2021, de una caja con 9 libros radicadores contentiva de cantidad de resoluciones del Despacho del Gobernador Aguilar Villa, producidas durante los años 2013 y 2015, y algunas correspondiente a la nueva administración, hasta 2017”.
Otro hecho, advertido por el Alto Tribunal, es la creación de documentación alterada durante la actual administración.
Según la Corte, “la administración del gobernador Mauricio Aguilar, hermano del sindicado, aporta a la investigación varios documentos que nunca fueron encontrados en las inspecciones realizadas en ese ente territorial por la Unidad de Apoyo Investigativo del CTIW.
No obstante, meses después, “aparecen milagrosamente siendo remitidos en formato electrónico, lo que permitió a los investigadores develar, a través de la herramienta de Microsoft Word 2016 denominada Metadatos, que fueron creados ex profeso en 2020 y 2021”, mucho después de los hechos por los que investigan a Richard Aguilar.
Los documentos ‘extraños’
En la investigación, el Alto Tribunal encontró que el 14 de diciembre de 2020 miembros de la Unidad de Apoyo Investigativo del CTI, adscritos a la Corte Suprema de Justicia, realizaron inspección a la Secretaría del Órgano Colegiado de Administración y Decisión, Ocad, de Santander, para buscar en el aplicativo oficial del Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas, Suifp, varios documentos relacionados con el contrato de las obras de reforzamiento del Estadio Alfonso López, pero no fue posible.
“No encontraron en el aplicativo oficial Suifp, entre otros documentos, el concepto favorable de Coldeportes para la adición en dinero del contrato de obra No. 0766 de 2015, la solicitud de concepto favorable al Comité Consultivo, de acuerdo al Decreto 949 de 2012 (DNP) y el certificado de movilidad reducida de la Secretaría de Infraestructura, según el anexo 4 del Acuerdo 0017 de 2013”.
El 15 de enero de 2021, dice el auto, el entonces secretario de Planeación de la Gobernación de Santander, Javier Orlando Acevedo Beltrán, “remitió por correo electrónico a la Unidad Investigativa del CTI varios documentos, entre ellos, supuestamente, los arriba descritos y no encontrados en la inspección mencionada”.
Entre los documentos enviados estaban el concepto favorable de Coldeportes para la adición en dinero del contrato de obra No. 0766 de 2015. Pero dicho archivo, según la investigación de la Corte, fue creado en diciembre de 2020, cinco años después de la aprobación de la adición de recursos.
“De acuerdo con los diversos informes de policía judicial (…) el documento contentivo del concepto favorable de Coldeportes (…), enviado en enero de 2021 por el actual secretario de planeación, fue creado por autor desconocido el día 18 de diciembre de 2020”.
Similar a otro documento de Coldeportes
El Alto Tribunal indicó que esto se dio “a escasos cuatro días de la fallida inspección de los investigadores de la Corte que no lo encontraron. Dato que sorprendió a la Sala, toda vez que un documento de similares características enviado a los investigadores el 30 de marzo de 2021 por el Ministerio del Deporte, antes Coldeportes, tiene como fecha de creación el 2 de diciembre de 2014”.
De este documento, dice la Sala que es “de similares características”, porque se trata de dos versiones del mismo archivo contentivo del concepto favorable para la aprobación del adicional, uno proveniente del Ministerio del Deporte con fecha del 2 de diciembre de 2015 y otro sin fecha, proveniente de la actual administración de Aguilar Hurtado.
“A sencillo examen visual de características particulares, se aprecia que, a pesar de esfuerzos para hacer idéntico la versión del documento de la actual administración departamental con aquella indubitada del Ministerio del Deporte, no lo lograron”, dijo la Corte.
Más cuestionamientos por fechas en documentos
La Secretaría de Planeación envió también la solicitud de concepto favorable al Comité Consultivo y el certificado de movilidad reducida de la Secretaría de Infraestructura. Dichos documentos fueron sometidos a un examen de metadatos que arrojó como fecha de creación el 15 de enero de 2021, un mes después de la visita de miembros del CTI en el que no se encontraron.
“Por supuesto que estos documentos enviados recientemente a la Corte debían tener una fecha de creación acorde con el momento en que se hicieron necesarios para los trámites de aprobación y viabilización del proyecto de inversión relacionado con el contrato 0766 de 2015. Con lo cual, aquello que infiere la Sala es que el aforado investigado (Richard Aguilar) de alguna manera influyó (y puede seguir haciéndolo) en la administración departamental actual de su hermano, de donde emanan los ya referidos documentos de fraudulenta creación reciente”, quedó registrado en el Auto.
Así las cosas, para el Alto Tribunal es claro que quien resulta beneficiado con estas acciones, al parecer “falsarias de conveniente aparición en la dinámica de la investigación”, es Richard Aguilar, “sobre quien recaen los indicios de aprovechar su vínculo de sangre con el actual gobernador, para superar fraudulentamente la fisuras que pueda tener su teoría exculpatoria, tratando de acreditar con espurios documentos que sí cumplió con todos los requisitos esenciales para tramitar y adjudicar legalmente el contrato de reforzamiento del estadio de Bucaramanga”.
BUCARAMANGA (Vanguardia)