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Niegan aclaración y confirman la ‘muerte’ política de Joaquín Cortina
El Consejo de Estado, negó una solicitud de adición o aclaración hecha por la defensa de Joaquín Cortina, sobre la sentencia que ordenaba la pérdida de investidura como diputado de la Asamblea del Magdalena.
A través de un nuevo pronunciamiento el consejero Roberto Augusto Serrato, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, decidió: “negar la solicitud de adición de la sentencia de once 11 de marzo de dos mil veintiuno 2021 proferida por esta Sección, de acuerdo con los argumentos expuestos en esta providencia judicial”.
Lo anterior luego que La Secretaría de la Sección Primera, siguiendo el anterior artículo, remitió la sentencia de segunda instancia de 11 de marzo de 2021, proferida por esta Sala de Decisión, al buzón electrónico para notificaciones judiciales de los sujetos procesales y dejó constancia de recibo generada por el sistema de información del envío, lo cual ocurrió el 5 de abril de 2021, por lo que, en los términos del artículo 205 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 52 de la Ley 2080 de 2021, la notificación de la providencia se entiende realizada una vez transcurridos los días 6 y 7 de abril de 2021 y los términos empezaron a correr a partir del día 8 de abril hasta el día 12 de abril de 2021.
El apoderado judicial de los acusados presentó su solicitud de aclaración y adición el 6 de abril de 2021, por lo que la Sala considera que fue presentada dentro del término previsto en el artículo 287 del CGP y procederá a resolverla de fondo.
El apoderado judicial de la parte demandada, en este caso Cortina Sulbarán, solicitó la adición de la providencia 11 de marzo de dos mil veintiuno 2021 toda vez que en su parte resolutiva nada se indicó sobre los efectos que tendría hacia el futuro, especialmente, si el demandado podría ocupar nuevamente cargos de elección popular.
“En relación con la solicitud del apoderado judicial de los acusados, la Sala encuentra que el procedimiento de pérdida de investidura regulado en la Ley 1881 de 2018 no establece que aquel sea un aspecto respecto del cual se deba pronunciar, a lo que se suma que tal asunto no hizo parte del debate que se dio en las instancias, razón por la que no se dejó de resolver ningún extremo del litigio”, indicó el Consejo de Estado.
EL FALLO
En un fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura contra el diputado del Magdalena, Joaquín Cortina Sulbarán.
Según se confirmó, el fallo de segunda instancia el Consejo de Estado tomó la decisión de revocar el sentido de la sentencia en primera instancia emitida por el Tribunal Administrativo del Magdalena que fue publicada en 2020.
Joaquín Cortina al parecer no ha sido notificado del fallo, sin embargo, el documento ya fue radicado a la Secretaría General de la Asamblea del Magdalena.
En la lista por la Asamblea del Magdalena, el siguiente con mayor votación que entraría a hacer parte de la Duma, sería el cienaguero John Almarales.
En contra del diputado cursaba una demanda por pérdida de investidura sustentada en que tenía procesos de responsabilidad fiscal pendientes de decisión en la Contraloría General del Magdalena. Pese a ello, no manifestó su impedimento y participaron el 01 de enero de 2020 en la elección del Contralor Departamental Encargado, lo que, a juicio de los demandantes, configuraba la causal de conflicto de intereses para conformar el quórum en la designación del jefe del control fiscal.
El Consejo de Estado se basó en que la participación del diputado en la elección del Contralor Departamental Encargado configuraba el interés directo, particular y actual, requisito para que se perfeccionara la causal de conflicto de intereses para la pérdida de investidura.