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El pasado 15 de marzo, a través de su abogado, el senador Gustavo Petro apeló el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que condenó al extinto Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- y a la Presidencia de la República por los seguimientos e interceptaciones ilegales practicadas en su contra «por ser contradictor del gobierno» de Álvaro Uribe Vélez.
En ese fallo ordenaron una indemnización de 600 salarios mínimos para Petro, su esposa, dos hijos, sus hermanos y sus padres, más 160 salarios mínimos que concedieron recientemente a sus dos hijas menores de edad. En total, con las tasas vigentes, la indemnización ordenada quedó en 691 millones de pesos.
En el recurso que radicó el mes pasado ante el Tribunal advirtió que el valor de esa indemnización «no justifica el perjuicio sufrido y la actual estigmatización, no sólo para él sino para su círculo familiar que debió cambiar su vida social y actuación externa dando un giro a su vida y posibilidades de existencia».
Al considerar que persiste «una mayor intensidad y gravedad del daño moral» sufrido el senador pidió ser indemnizado con 300 salarios mínimos e igual número para cada uno de sus familiares más cercanos, con excepción de sus hermanos por quienes pidió 150 SMLV, para un total de 2.700 salarios que se redondean en 2.453 millones de pesos.
«Hoy todo su círculo familiar gravita en torno a la vida de la víctima directa que como consecuencia de la campaña de desprestigio, la anulación institucional del pluralismo y el intento de extinguir cualquier oposición política o expresión identitaria distinta al régimen autoritario; por tal razón se debe reconocer un mayor monto indemnizatorio», advierte la petición para que la indemnización sea aumentada 3.5 veces más de lo ordenado inicialmente.
El abogado de Petro también planteó una indemnización excepcional para él, como víctima directa, de hasta 100 salarios mínimos al alegar que las medidas de satisfacción no han sido suficientes para consolidar su reparación integral, pues dice que persiste una campaña de estigmatización en su contra de parte del gobierno actual.
Fiduprevisora S.A., vocera del Patrimonio Autónomo PAP Fiduprevisora S.A., Defensa Jurídica Extinto Departamento Administrativo de Seguridad, ha pedido que tumben el fallo que condenó al DAS y que le ordenó pagar el 45% del monto total de la indemnización a Petro y sus familiares.
Su principal argumento es que no le corresponde pagar esa condena pues alegan que las ‘chuzadas’ al legislador fueron practicadas por exfuncionarios como María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno y no por la institución como acto de servicio.
«La responsabilidad del Estado se cimienta en un hecho, una omisión o por cualquier otra causa cuyo resarcimiento se obtiene a través de la acción de reparación directa. En el caso concreto esa responsabilidad no se puede materializar en cabeza del extinto Departamento Administrativo de Seguridad, en razón de la ausencia de hechos, acciones y omisiones de su parte, repitiéndose en el sub lite, no puede confundirse el proceder delictual y antijurídico de alguno de los miembros de la extinta entidad, con los fines misionales de la entidad, siendo primordiales las labores de inteligencia y contrainteligencia para preservar la Seguridad del Estado; de esta manera, no puede el Estado a través de la extinta entidad demandada responder patrimonialmente, o hacerse responsable por las conductas apartadas de la ley, por algunos funcionarios o ex servidores públicos», conceptuó la Fiduprevisora el pasado 23 de marzo.
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República también dejó saber que no tiene interés en conciliar con el senador antes de que se decidan los recursos de apelación.
Fuente: La FM