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Empezó el trámite de impugnación del caso Arias en la Corte 

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia empezó a darle trámite al proceso de impugnación interpuesto por el exministro Andrés Felipe Arias contra la sentencia emitida en 2014, en la que fue condenado a 17 años de prisión por irregularidades en Agroingreso Seguro.

La impugnación había sido negada por la Sala en febrero de 2019, pero la decisión fue dejada sin efectos por la Corte Constitucional al considerar que la Corte Suprema de Justicia incurrió en violación directa de la Constitución.

Así las cosas, el alto tribunal expuso que “como la sentencia penal dictada contra el exministro Arias conserva el carácter de cosa juzgada, estima la Sala, como destinataria del mandato de tutela, que su competencia está únicamente limitada a conceder la impugnación y a ordenar que se realice el sorteo de asignación del caso a un magistrado ponente, quien estará a cargo del trámite y conformará la Sala de Decisión con los dos magistrados que en orden alfabético le sigan en turno”.

El tribunal máximo en lo penal anunció que una vez conformada esa Sala, quedando claro que los magistrados Patricia Salazar Cuéllar, Eugenio Fernández Carlier y Eyder Patiño Cabrera quedarán al margen del sorteo, por haber sido parte de la Sala que dictó la sentencia impugnada los dos primeros y por aceptarse el impedimento del último en el proceso penal, el ponente dictará la decisión pertinente indicando a la parte a Arias la fecha a partir de la cual empieza a correr el término para sustentar la impugnación.

La Corte Suprema de Justicia empezó con este trámite luego de que la Corte Constitucional en mayo pasado analizara que a Arias se le vulneró el derecho al debido proceso, por lo que le dio el aval a que impugnara su condena. Sin embargo, estimó necesario que se creara una Sala para deliberar sobre el caso.

EL PROCESO DE ARIAS

El análisis en la Constitucional se registró tras las negativas recibidas por parte de la Corte Suprema. La primer batalla la perdió en la Sala Civil del máximo tribunal en lo penal, cuando le negaron revisar su proceso judicial. En una segunda ocasión fue la Sala Laboral la que también se mantuvo en tal decisión. El argumento: ya había cosa juzgada y no había mecanismo para revertirla.

Toda la puja política-judicial de Arias empezó cuando consideró que le vulneraron el derecho al debido proceso. En el momento de su condena los senadores, ministros, gobernadores y generales no gozaban de la segunda instancia, que no es otra cosa que otro juez revise la sentencia emitida.

Entonces lo que discutió el exministro es que debía tener derecho a esta iniciativa después de que el Congreso de la República, en 2018, diera cabida a que esta población tuviese una segunda opinión en sus penas.

Además de esto, la tutela la impulsó Arias ante la Corte Constitucional porque consideró que tenía amparo en una sentencia emitida en 2014, en donde señalaron que toda persona tiene derecho a impugnar una condena en su contra cuando es emitida por primera vez.

Entonces lo que expuso el alto tribunal es que si un juez declaraba inocente a una persona, pero el Tribunal (superior jerárquico), lo condenaba en segunda instancia, el ciudadano podía pedir la revisión de su pena ante un tribunal superior, que en ese caso sería la Corte Suprema.

En ese entonces, la Corte Constitucional otorgó un año de plazo para crear las instancias y hacer dicho mandato efectivo desde 2016. Lo que llama la atención es que alto tribunal también abrió la brecha a que personas condenadas en única instancia recurrieran a tal beneficio judicial.

Además de eso, lo que también alegó Arias es que él llegó ante los estrados internacionales y en un documento del Comité de Derechos Humanos de la ONU, consideró que se le vulneró el derecho a la doble instancia.

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