Noticias de Santa Marta, el Magdalena, y el mundo!
La sala de Instrucción tuvo en cuenta la magnitud del entramado de corrupción en el que estuvo vinculado el magistrado Gustavo Malo y la persistencia de los riesgos para la comunidad y la investigación en su contra al dejarlo en libertad.
En decisión de segunda instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la libertad para el magistrado Gustavo Malo, investigado por el denominado ‘Cartel de la Toga’.
La Sala de Casación ratificó la decisión emitida en diciembre pasado por la Sala de Instrucción y además descartó la posibilidad de otorgarle detención domiciliaria. Para el alto tribunal persiste la detención con el fin de evitar la obstrucción a la justicia.
En diciembre pasado, la Sala de Instrucción tuvo en cuenta la magnitud del entramado de corrupción en el que estuvo vinculado Malo y la persistencia de los riesgos para la comunidad y la investigación en su contra al dejarlo en libertad.
La providencia del alto tribunal señaló que “el funcionario judicial revocará la medida de aseguramiento cuando sobrevengan pruebas que la desvirtuen”. Lo que explicó la Sala en este caso es que la medida preventiva requiere de material probatorio razonable para que la solicitud de la defensa se ejecute.
Es por esto que fue necesario para la Corte exponer que en este proceso encontró “acreditada la forma preliminar sobre la posible actividad delictiva en cuanto al propósito criminal de la organización de la cual se señala hace parte el acusado”.
Por lo que para la Sala aún no hay pruebas nuevas que desaparezcan las que ya están y por las que fue juzgado durante el tiempo que se ha adelantado su actuación judicial.
“Es necesario advertir que los medios de convicción arrimados a la actuación confirman, que en efecto, en al menos dos investigaciones previas adelantadas por el despacho del aquí procesado se pagaron alta sumas de dinero para obtener decisiones favorables a los allí investigados”, dice la providencia.
Bajo ese entendido, la Corte aclaró, en su momento, que “aún existe la posibilidad de que el procesado haga uso de la información privilegiada a la que tuvo acceso hasta el mes de septiembre de 2017, en varios procesos en curso ante esta corporación, razón por la cual persiste la necesidad de mantener al acusado sujeto a la medida restrictiva”.
Con esto, la Corte dejó claro que ni Malo, ni su defensa allegaron pruebas diferentes que desvirtuaran el actuar criminal que hoy enloda su nombre. Por esto, deberá seguir su juicio por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio, prevaricato por acción, prevaricato por omisión y utilización de asunto sometido a reserva, privado de la libertad.
Malo, así como los magistrados Leonidas Bustos y Francisco Ricaurte, presuntamente, habrían recibido dinero a cambio de no emitir órdenes de captura por parapolítica o engavetar procesos judiciales que se seguían contra senadores.