Noticias de Santa Marta, el Magdalena, y el mundo!
La vigencia de la ley está hasta el es el 10 de junio de 2021, por lo que la Corte exhorta al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que antes de esa fecha de expiración adopten decisiones que correspondan. Desde el tribunal explicaron que de no hacerlo, a partir del vencimiento de este término se entenderá que la Ley 1448 de 2011, así como los decretos 4633, 4634, 4635 de 2011 tendrán vigencia hasta el 7 de agosto de 2030.
La decisión del alto tribunal se conoce de manera completa, pero los magistrados discutieron sobre este tema después de que aceptaron una demanda interpuesta por los exministros del Interior Juan Fernando Cristo y Guillermo Rivera.
Cristo había señalado que la extinción de la ley generaría un retroceso en las garantías de las personas que fueron desplazadas forzosamente de su territorio.
En esos días, cuando presentó la demanda, el exministro resaltó que esa ley es la política pública más ambiciosa que hay en el país en relación a la reparación de las víctimas.
“Si está ley pierde vigencia por expiración de 10 años, el país enfrentaría retroceso los derechos de las víctimas 8 millones de víctimas, además desaparecería la Unidad y Registro de Víctimas y esta institución está hecha para garantizar los derechos las víctimas”, argumentó en su momento Cristo ante el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.
Bogotá (Colpensa).