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La nulidad del decreto donde el Presidente Iván Duque encarga a Andrés Rugeles como mandatario de los samarios, la sentenció el Consejo de Estado.
Se concluyó lo siguiente: «en este asunto, es evidente que: i) pese a que el grupo significativo de ciudadanos “Fuerza Ciudadana” envió la terna el 22 de marzo de 2019, el presidente no tuvo en cuenta la misma y, el 1º de abril de 2019, designó un ciudadano distinto a los ternados para el encargo de las funciones del alcalde distrital de Santa Marta y ii) nunca hizo uso de la terna tanto así, que el alcalde Martínez retomó su cargo el 23 de julio de 2019 sin que, el primer mandatario del país atendiera lo dispuesto en la norma, ello se itera, bajo el supuesto que tuviera competencia para hacerlo.»
«En tales condiciones no sobra reiterar por esta Sala Electoral que, el presidente de la República puede hacer un encargo de urgencia, mientras el partido o movimiento político envía la terna para efectuar la designación, sin que sea excusa el estudio de los requisitos de los ternados, cuando para el momento de la designación ha pasado un tiempo considerable.»