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CRA da detalles de resolución que fija nuevos límites al consumo de agua en el país

En las últimas horas, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA, entidad que define las normas de los servicios de acueducto en el país, publicó el borrador de resolución con el que pretende imponer nuevos topes al consumo de agua a partir del próximo año.

Esta propuesta de la CRA está abierta a comentarios hasta el próximo 7 de noviembre y se da seis meses del racionamiento de agua en Bogotá por la disminución de los niveles de los embalses que abastecen la capital, principalmente debido a factores como el fenómeno de El Niño y el aumento de la demanda.

Tal como detalla el documento, las medidas regulatorias de la CRA son de carácter transitorio, es decir que se aplicarán solo en los casos en que se presenten déficits de lluvias o por condiciones de variabilidad climática de acuerdo con las alertas emitidas por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam).

En ese sentido, el órgano técnico aclaró que, las medidas consisten en el establecimiento de dos desincentivos: “desincentivo al consumo” dirigido a los usuarios y el “desincentivo a las pérdidas” para los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto.

Ruth Quevedo, directora de CRA explicó en 6AM de Caracol Radio los impactos que tendrá esta regulación para cientos de miles de colombianos que tendrán que hacer un uso racional y eficiente del agua a partir de 2025 si no quieren tener cobros adcionales en su factura:

“Hemos tratado en este esfuerzo por socializar esta medida de transmitir el mensaje a los usuarios de que estando frente a una situación real de posible desabastecimiento que puede poner en riesgo toda actividad humana que realizamos cotidianamente, es necesario hacer un esfuerzo común y ojalá no tener que pagar adicionalmente. No obstante, el alcance que tiene la regulación en estos casos es hacer mayores cobros por el agua consumida de manera tal que, pues nosotros preferiríamos una medida de carácter más pedagógico, pero en todo caso, si se toca el bolsillo de los suscriptores que no logren obtener una disminución en su uso del agua”.

Límites de consumo de agua por estratos

Según comentó la funcionaria, dicho esquema de cobros extras se aplicará directamente en la factura de los usuarios residenciales y los límites funcionarán de la siguiente manera, con especial restricción en los estratos socioeconómicos más altos:

Los hogares entre los estratos 1 y 4 podrán gastar un máximo de 12 metros cúbicos al mes con tarifa regular. En cambio, el tope será de 10 metros cúbicos en hogares de estratos 5 y 6. Cada metro cúbico por encima de ese monto tendrá una tarifa más alta:

“Hemos encontrado que si bien los estratos 5 y 6 en promedio tienen un consumo inferior, también tienen menor cantidad de personas en el hogar y per cápita esos consumos son más elevados, o sea, por suscriptores se ve más bajitos, pero cuando uno ya lo va mirando por integrantes del hogar, pues se encuentra que hay un consumo mayor que los otros estratos por persona”.

En el caso de los comercios, industrias e instalaciones oficiales, el tope de consumo será el equivalente al 90% del consumo promedio del último año. Para las empresas que manejan los servicios acueductos y alcantarillado se les aplicará desincentivos por las pérdidas de agua que sean derivadas por problemas en sus redes de suministro.

“Encontramos que los niveles de consumo excesivo a partir de los cuales habría un cobro adicional eran muy altos en relación con el consumo real de los hogares, entonces disminuimos estos esos niveles de exigencia a unos consumos promedio: en el clima cálido de 15 metros cúbicos por suscriptor al mes, en el clima templado de 13 y en el clima frío de 12. Esos son los niveles objetivos en este momento, es decir, estamos invitando a los suscriptores a que observen su factura, a que miren cuánta agua están consumiendo en promedio y a que obtengan la disminución en estos consumos objetivos”, añadió la funcionaria.

Quienes deseen consultar el borrador de la CRA, podrán ingresar a este enlace: https://www.sucop.gov.co/entidades/cra/Normativa?IDNorma=15661. “El borrado está disponible en la página de la Comisión de Regulación para la participación ciudadana. Que dan ocho días para recibir sus observaciones y hacer los ajustes respectivos e implementar la aplicación de consumos objetivos para todos los suscriptores del servicio de acueducto, cuya decisión la deben tomar las empresas conforme a la situación de desabastecimiento o riesgo de desabastecimiento es de carácter nacional”.

/CaracolRadio

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