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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó este lunes la acción popular interpuesta por un ciudadano que buscaba anular la inclusión de Gregorio Eljach en la terna al cargo de procurador general de la nación, designación realizada por el presidente, Gustavo Petro.
El fallo, que reafirma la validez del proceso, aporta claridad sobre los límites y alcances de la autoridad presidencial en la elección de la cabeza del Ministerio Público.
La controversia se centró en la designación de Eljach, ex secretario del Senado, quien fue incluido en la terna a pesar de no haber participado en la convocatoria pública abierta el 23 de agosto de 2024.
Esta convocatoria, que tenía como objetivo invitar a ciudadanos a postularse para el cargo de procurador por un periodo de cuatro años, culminó con la presentación de 41 candidatos. De estos, solo 20 fueron seleccionados por la Función Pública para pasar a la siguiente fase del proceso. Sin embargo, el nombre de Eljach no figuraba entre los aspirantes elegidos.
El presidente Gustavo Petro decidió incluir a Eljach en la terna final, lo que desató una ola de críticas. La acción popular presentada por el ciudadano argumentó que esta inclusión constituía una violación del debido proceso, ya que Eljach no cumplió con los requisitos establecidos en la convocatoria pública.
El demandante alegó que su designación “violaba el principio de igualdad de oportunidades y la transparencia del proceso”, pues permitía que una persona ajena al concurso avanzara en la posibilidad de ser elegida como procurador general.
BOGOTÁ, (Colprensa).