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Por alcohol ilegal, Colombia dejó de recaudar US$647 millones por impuestos

De acuerdo con el estudio “Mercado ilegal de bebidas alcohólicas en Colombia”, realizado por Euromonitor International, 1 de cada 4 botellas de licor que se consume en Colombia es ilegal. Por este tipo de alcohol, en el país se dejan de recaudar más de USD$647 millones en impuestos.

En el 2015 la perdida fiscal fue de $406 millones de dólares. En 2017 esta cifra ascendió a $647 millones de pesos lo que representa un incremento del 59% en dos años.

 

«El uso nocivo del alcohol se considera un problema de salud pública, ya que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), de esta práctica resultan 2.5 millones de muertes por año en el mundo», resalta el estudio.

Una de las razones que explica que el nivel de adulteración de bebidas alcohólicas en Colombia sea muy alto es la falta de controles al etanol, materia prima para su producción. También los controles aún insuficientes sobre el etanol, la disponibilidad de botellas vacías, la situación económica en Venezuela y la devaluación del peso Colombiano, así como la nueva estructura de impuestos que generó una alza en los precios de algunas bebidas son los principales factores que promueven este crecimiento.

De acuerdo con el estudio, el mercado colombiano es el más perjudicado desde la perspectiva fiscal. A cuenta de ello, el alcohol adulterado y el contrabando continúan siendo las ilegalidades más significativas.

Para Lourdes Chavarría, Directora de Comercio Ilícito Global de Euromonitor, la limitada aplicación de la Ley Anti Contrabando en ciertas regiones de Colombia y preferencia del consumidor hacia los precios más bajos son unas de las principales causas que promueven el consumo de alcohol ilegal.

Países como Perú y México cuentan con una normatividad muy completa frente al control del etanol a partir de tres disposiciones: 1) la obligación de desnaturalización del alcohol etílico no destinado al consumo humano; 2) la obligación de registro del importador, productor y comercializador de alcohol etílico; y 3) la prohibición de venta de alcohol etílico por parte del consumidor final.

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