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Abogado sancionado por difamar a un deudor y su familia de ser criminales

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó este jueves la sanción a un abogado que, tras un incumplimiento en un contrato, acusó sin fundamento a un deudor y a su familia de pertenecer a una organización criminal.

El caso se remonta a finales de 2021, cuando el jurista, frustrado por no poder cobrar una deuda, decidió presentar una denuncia penal contra un ciudadano con quien había firmado un acuerdo comercial.

El 10 de diciembre de ese año, el abogado denunció al deudor, así como a su esposa y a su hija mayor, por delitos de estafa, emisión ilegal de cheques y falsedad en documento privado.

Sin embargo, su accionar fue más allá de la denuncia judicial. El abogado alertó a la empresa donde trabajaba la esposa del deudor y a la universidad de su hija mayor, así como al colegio donde estudia su hija menor.

En estas comunicaciones, instó a las autoridades de las instituciones educativas a abstenerse de relacionarse con la familia del deudor, argumentando que constituían un peligro para la sociedad.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá consideró que el abogado había violado el deber de respeto hacia la administración de justicia y a las autoridades administrativas. La normativa vigente prohíbe injuriar o acusar temerariamente a otras personas en el ejercicio profesional.

El abogado, al apelar la decisión de la primera instancia, no logró revertir la sanción impuesta. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, bajo la ponencia de la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, concluyó que su conducta estuvo completamente fuera de los límites de su actuación profesional.

Además, se destacó que las acusaciones hechas sin una sentencia judicial condenatoria eran consideradas temerarias y difamatorias, lo que causó un daño significativo a la reputación de la familia afectada, en especial a la menor.

Como resultado, se ratificó la suspensión del abogado, quien se manifestó inconforme con la decisión.

/Colprensa

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